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Convocatorias en:
Comisión para el Mercado Financiero
Región Metropolitana de Santiago
21/08/2017 23:59:59
Estado: Finalizado
Concurso: ADP-3776
Título Profesional universitario. Fuente: Artículo 12 del Decreto Ley N° 3551 de 02 de Enero de 1981 del Ministerio de Hacienda, en concordancia con el artículo 8° del Decreto con Fuerza de Ley N° 411 de 31 de Diciembre de 1981 del Ministerio de Hacienda y el artículo cuarto transitorio de la Ley N° 21.000 de 23 de Febrero de 2017, del Ministerio de Hacienda.
Es altamente deseable poseer
experiencia y conocimiento en derecho comercial, en derecho administrativo y en
mercado financiero, en un nivel apropiado para las necesidades específicas del
cargo.
Adicionalmente, se valorará tener
experiencia y conocimiento en litigación, así como nociones de derecho penal.
Se valorará poseer 5 años de experiencia en dirección y
coordinación de equipos en instituciones públicas o privadas.
El/La Fiscal a cargo de la Unidad de Investigación de la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) será el responsable de realizar o instruir las investigaciones necesarias o procedentes con el objeto de comprobar las infracciones a las leyes y normativas sujetas a la fiscalización de la Comisión respecto de las personas o entidades fiscalizadas, formulando los cargos respectivos cuando corresponda. Asimismo, le corresponderá proponer al Consejo la imposición de las sanciones que la ley determine. Lo anterior con la finalidad de velar por el correcto funcionamiento, desarrollo y estabilidad del mercado financiero, facilitando la participación de los agentes de mercado y promoviendo el cuidado de la fe pública.
1. Proponer la política sancionadora del servicio al Consejo, desarrollando políticas generales para la aplicación de las facultades que la ley le confiere a la CMF.
$6101000
El cargo corresponde a un grado 2° de la Escala de Remuneraciones de los Servicios Fiscalizadores. Incluye asignaciones y bonos de estímulo. Su renta líquida promedio mensualizada referencial asciende a $6.101.000.-, la que se obtiene de una aproximación del promedio entre el “Total Remuneración Líquida Aproximada” de los meses sin asignaciones y bonos de estímulo y el “Total Remuneración Líquida Aproximada” de los meses con asignaciones y bonos de estímulo.