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Convocatorias en:
Comisión Nacional de Energía
Región Metropolitana de Santiago
03/01/2017 23:59:59
Estado: Finalizado
Concurso: ADP-2462
Título profesional de una carrera de a lo menos 10 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a seis años. Los años de experiencia requeridos serán de cuatro años en el caso de poseer un grado académico de Magíster o Doctor. Fuente Legal: Art. 11, del DFL N° 12 del 2009, del Ministerio de Hacienda. NOTA A PIE DE PÁGINA: “Para el cómputo de la duración de la carrera que da origen al título profesional de pregrado, podrán sumarse los estudios de post grado realizados por el mismo candidato.” Fuente legal: Inciso final, del artículo cuadragésimo, de la ley N° 19.882.
Es altamente deseable poseer experiencia en materias propias del sector energético, particularmente en el mercado eléctrico, principios de la regulación y tarificación del sector eléctrico en un nivel apropiado para las necesidades específicas de este cargo.
Al Jefe/a del Departamento Función Eléctrico, le corresponde dirigir y coordinar la tarificación, planificación y regulación del Sector Eléctrico Nacional. Asimismo, asesorar y proponer técnicamente en materias de fortalecimiento y articulación del análisis de precios, tarifas y normas técnicas a las que deben ceñirse las empresas de producción, comercialización, generación, transporte, distribución y consumidores de energía, para un desarrollo energético confiable y a precio justo.
$5741000
El cargo corresponde al nivel 1 de la Escala de Remuneraciones de la Comisión Nacional de Energía, más un porcentaje de Asignación de Alta Dirección Pública de un 3%. Incluye las asignaciones de modernización. Su renta líquida promedio mensualizada referencial asciende a $5.741.000.- para un no funcionario, la que se obtiene de una aproximación del promedio entre el “Total Remuneración Líquida Aproximada” de los meses sin asignación de modernización y el “Total Remuneración Líquida Aproximada” de los meses con asignación de modernización.