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Convocatorias en:
Servicio Local de Educación Pública Chacabuco
Región Metropolitana de Santiago
10/11/2025 23:59:59
Estado: Postulación
Concurso: ADP-12902
Estar en posesión de un título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, y acreditar una experiencia profesional no inferior a cinco años.
Fuente Legal: Art. 2º del DFL N° 22 del 29/10/2018 del Ministerio de Educación.
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Se requiere contar con tres años de experiencia en cargos de dirección o jefatura en un nivel apropiado para las necesidades específicas de este cargo*. Se considerará experiencia relevante en el ámbito educacional. Adicionalmente, se valorará poseer experiencia y/o conocimientos en**: - Tener experiencia en implementación y/o gestión de programas o proyectos de educación, atención a la diversidad y/o desarrollo social. - Gestión y/o implementación de políticas públicas educativas a nivel parvulario y/o escolar. - Trabajo en red con diversos actores del territorio. *Se considerará la experiencia laboral de los últimos 15 años. Es un criterio excluyente. **No es un criterio excluyente, entrega puntaje adicional en el análisis curricular. |
Al Director Ejecutivo o a la Directora
Ejecutiva del Servicio Local de Educación Pública (SLEP) le corresponderá
liderar la implementación del Servicio Local bajo su cargo, asegurando el adecuado
traspaso del servicio educativo de los municipios que corresponden a su
territorio. Asimismo, debe dirigir la gestión y funcionamiento del Servicio,
garantizando -a través de los establecimientos educacionales, salas cunas y
jardines infantiles de su dependencia- la provisión del servicio educativo en
los niveles y modalidades que corresponda, orientándose de conformidad a los
principios de la educación pública establecidos en la Ley N° 21.040, la
Estrategia Nacional de Educación Pública (ENEP), y los planes, programas y
políticas establecidos por el Ministerio de Educación.
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DESAFÍOS |
LINEAMIENTOS |
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1. Promover una gestión
que asegure la calidad, inclusión y desarrollo integral de las y los
estudiantes en los establecimientos educacionales y jardines infantiles
dependientes del Servicio Local de Educación Pública (SLEP), conforme a las
necesidades del territorio, orientaciones y el marco normativo de la Ley Nº
21.040. |
1.1.Asegurar
la implementación de la Estrategia Nacional, el Plan Estratégico Local y los
Planes Anuales, de manera pertinente y atingente a la realidad local,
considerando las iniciativas, proyectos educativos institucionales y planes
de mejoramiento educativo (PME) de cada una de las comunidades educativas. 1.2. Impulsar la mejora en las mediciones y
evaluaciones que se efectúen, principalmente a través de la Agencia de
Calidad de la Educación, respecto de la calidad educativa, la convivencia
escolar, el bienestar emocional, psicosocial, el buen trato, como también la
innovación permanente en los establecimientos educacionales, salas cunas y
jardines infantiles del territorio, teniendo presentes la normativa vigente,
y los lineamientos y orientaciones del Ministerio de Educación y la Dirección
de Educación Pública. Para lo anterior, deberá considerar datos y evidencias,
que estarán disponibles a la comunidad, resguardando las particularidades de
cada una de las comunidades educativas que componen el Servicio Local. 1.3. Realizar
seguimiento y control de gestión sobre el avance en la implementación de los
instrumentos de gestión educativa, 1.4. Gestionar
proyectos de mejoramiento en infraestructura y equipamiento educacional, para
asegurar las condiciones establecidas por la normativa y leyes vigentes. |
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2. Velar la correcta
ejecución del traspaso del servicio educacional desde los municipios al
Servicio Local y la consolidación en el funcionamiento de este, asegurando
una adecuada provisión de los recursos financieros, físicos, tecnológicos y
gestión de personas, para la entrega de un servicio educativo oportuno, de
calidad y sostenible económicamente en el territorio. |
2.1. 2.2. Garantizar
la sostenibilidad financiera del Servicio Local y sus establecimientos,
administrando y gestionando los recursos disponibles, de acuerdo con los
lineamientos emanados desde la Dirección de Educación Pública y las necesidades
particularidades del territorio, así como el principio de probidad
administrativa que rigen a los órganos de la administración del Estado. 2.3. Asegurar
la gestión transparente, 2.4.Garantizar
que la infraestructura, equipamiento, maquinarias, materiales, entre otros,
estén en condiciones viables y adecuadas para el correcto funcionamiento y
para la prestación de un servicio educativo de excelencia. |
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3. Fomentar procesos
participativos que velen por la calidad y equidad en la educación y la
generación de capacidades en las comunidades que son parte del Servicio Local
de Educación Pública (SLEP), de acuerdo con la Ley N°21.040. |
3.1.Establecer
estrategias, con la participación del Comité Directivo Local y el Consejo
Local de Educación, que promuevan la generación de competencias y la
gobernanza de las comunidades educativas, para lograr mejoras sustantivas en
la gestión educativa de directivos y docentes de salas cunas, jardines
infantiles y establecimientos educacionales de su territorio. 3.2.Generar
y promover en equipos directivos el respeto por la participación de la
comunidad educativa, especialmente a través de los centros de alumnos y
centros de estudiantes, centro de padres, madres y apoderados, consejos
escolares y consejos de educación parvularia. 3.3. Resguardar
y promover el derecho a la participación de las y los estudiantes, incluyendo
la formación para ello considerándolos sujetos activos de su proceso
educativo. 3.4. Facilitar
y fomentar la articulación y adecuada coordinación con las autoridades
municipales, organismos públicos y privados, y actores claves del territorio. |
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4. Desarrollar
capacidades en funcionarios(as) del Servicio Local, así como en directivos,
docentes y asistentes de la educación de los jardines infantiles, salas cunas
y establecimientos educacionales de su dependencia, para apoyar el desarrollo
profesional, conforme a las necesidades del territorio, en concordancia con
el Plan Estratégico Local y promoviendo la transversalización del enfoque de
género. [1] |
4.1.Desarrollar
planes de acción y convenios para el fortalecimiento de capacidades en los
equipos docentes, directivos y de asistentes de la educación, para un
efectivo trabajo en el aula, conforme a los principios de la ley. 4.2. Capacitar
y formar a las y los funcionarios del Servicio Local, con la finalidad de
mejorar sus conocimientos, capacidades y competencias para el ejercicio de su
cargo, potenciando el conocimiento interno y administrándolo según las
necesidades de la institución, además de promover el desarrollo y la
formación continua de las personas. |
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5. Posicionar al
Servicio Local en el territorio de su competencia, gestionando el entorno, y
facilitando la articulación con los distintos actores claves, contribuyendo a
la instalación y funcionamiento adecuado del Servicio Local. |
5.1. Desarrollar
un plan de trabajo de vinculación y relación con los actores claves y
estratégicos del territorio, para el desarrollo y buen funcionamiento del
Servicio Local. 5.2. Diseñar
e implementar estrategias de trabajo en red con otros Servicios Locales a
nivel regional (si corresponde) y nacional, con la finalidad de compartir
buenas prácticas y experiencias pedagógicas relevantes. 5.3.Desarrollar
una |
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6. Liderar y conducir
una política de gestión y desarrollo de personas que integre la perspectiva
de género, interculturalidad e inclusión, con foco en el desarrollo
individual y organizacional, fomentando y promoviendo un buen clima laboral
con su equipo y miembros del Servicio Local. |
6.1. Identificar
y orientar las áreas de trabajo institucional que son más susceptibles a la
incorporación de la perspectiva de género, interculturalidad e inclusión, o
que están más relacionadas con las Inequidades, Brechas y Barreras
históricas. 6.2. Desarrollar
e implementar políticas y programas de gestión y desarrollo de personas, que
incorpore entre sus ejes estratégicos la gestión del cambio organizacional y
la mejora continua, alineados con las orientaciones y buenas prácticas
entregadas por la Dirección Nacional del Servicio Civil a través de las
normas de aplicación general. 6.3. Promover
y facilitar el liderazgo sistémico y distribuido en el ejercicio de cargos de
responsabilidad, que desarrollen y fortalezcan una cultura de colaboración en
las distintas unidades del Servicio Local. |
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7. Fortalecer principios amplios de comportamiento y estándares de conducta
ética, abriendo escenarios participativos de reflexión; favoreciendo una
ética laboral compartida, que vivifique la pertenencia al servicio público y
aportando a la recuperación de la confianza de la ciudadanía hacia las
instituciones y su respectivo funcionariado público. |
7.1.Elaborar
el Código de Ética institucional en base a la metodología definida por
Servicio Civil. 7.2. Socializar,
difundir y capacitar en los Códigos de Ética a las funcionarias y
funcionarios del Servicio Local. |
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8. Liderar la implementación del sistema de integridad, a través de la
optimización, monitoreo, intercambio y aprendizaje entre los niveles
directivos/as y sus colaboradores públicos. |
8.1.Garantizar
una estructura de integridad activa y con roles claros dentro de la
organización. 8.2.Implementar
canales de denuncia y consulta, activos y automatizables, con reportabilidad
y sistematización de acuerdo a orientaciones del Servicio Civil, garantizando
la protección del denunciante. |
[1] Perspectiva de género: forma de ver o analizar
el impacto del género en las oportunidades, roles e interacciones sociales de
las personas, permitiendo luego transversalizar esta perspectiva en una
política institucional. La categoría de género, como categoría de análisis,
alude a las diferencias entre los sexos que se han construido culturalmente, y
no a las diferencias físicas y biológicas o que son atribuibles a la naturaleza
(Manual para el uso del lenguaje inclusivo no sexista en el Poder Judicial), en
los/las Altos Directivos Públicos se traduce por ejemplo en reducir las brechas
de acceso a cargos directivos y todas aquellas medidas que mitiguen la
desigualdad en las organizaciones.
$5840000
El cargo corresponde a un grado 4° de la Escala Única de Sueldos DL 249, más un porcentaje de Asignación de Alta Dirección Pública de un 45%. Incluye las asignaciones de modernización. Su renta líquida promedio mensualizada referencial asciende a $5.840.000.- para un/a no funcionario/a, la que se obtiene de una aproximación del promedio entre el “Total Remuneración Líquida Aproximada” de los meses sin asignación de modernización y el “Total Remuneración Líquida Aproximada” de los meses con asignación de modernización