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Convocatorias en:
Servicio Local de Educación Pública del Tamarugal
Región de Tarapacá
20/03/2023 23:59:59
Estado: Finalizado
Concurso: ADP-13047
Estar en posesión de un título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, y acreditar una experiencia profesional no inferior a cinco años, y contar con experiencia relevante en el ámbito educacional.
Fuente Legal: Art. 21° de Ley N° 21.040 y Art. 2º del DFL N° 5 del 26/10/2018 del Ministerio de Educación.
Se requiere contar con experiencia en gestión, administración y/o implementación de proyectos educativos, en un nivel apropiado para las necesidades específicas de este cargo*.
Al Director o la Directora Ejecutiva del Servicio Local de Educación Pública (SLEP) le corresponderá liderar la implementación del Servicio Local bajo su cargo, asegurando el adecuado traspaso del servicio educativo de los municipios que corresponden a su territorio. Asimismo, debe dirigir la gestión y funcionamiento del Servicio, garantizando -a través de los establecimientos educacionales de su dependencia- la provisión del servicio educativo en los niveles y modalidades que corresponda, orientándose de conformidad a los principios de la educación pública establecidos en la Ley N° 21.040, la Estrategia Nacional de Educación Pública (ENEP), los planes, programas y políticas establecidos por el Ministerio de Educación.
1. Promover una gestión que
asegure la calidad, inclusión y desarrollo integral de las y los estudiantes en
los establecimientos educacionales y jardines infantiles dependientes del
Servicio Local de Educación Pública (SLEP), conforme a las necesidades del
territorio, orientaciones y el marco normativo de la ley Nº21.040.
1.1. Asegurar la implementación de la Estrategia Nacional de Educación Pública, la formulación y evaluación del Plan Estratégico Local y los Planes Anuales, de manera pertinente a la realidad local, considerando las iniciativas, proyectos educativos institucionales y planes de mejoramiento educativo (PME) de las comunidades escolares.
1.2. Impulsar una cultura de buenas prácticas que promueva la convivencia escolar y una educación de calidad, inclusiva, equitativa, intercultural, con enfoque de género, así como la innovación permanente.
1.3. Realizar un control y
monitoreo periódico respecto del avance en la implementación de los
instrumentos de gestión educativa, a fin de determinar acciones de mejora
frente aquellos aspectos que no presenten el desarrollo esperado.
2. Encargarse de la correcta ejecución del traspaso del servicio educacional desde los municipios al Servicio Local y la consolidación en el funcionamiento de este, asegurando una adecuada provisión de los recursos financieros, físicos, tecnológicos y gestión de personas, para la entrega de un servicio educativo oportuno, de calidad y sostenible económicamente en el territorio.
2.1. Analizar y estudiar la
dotación de personas existente, y en el caso de los profesionales de la
educación, su relación con el plan de estudios y sus cargas horarias, para
asegurar el correcto funcionamiento del Servicio Local en materias de
cobertura, calidad y recursos necesarios.
2.2. Asegurar la sostenibilidad
financiera del Servicio Local, administrando y gestionando los recursos
disponibles de acuerdo con los lineamientos emanados desde la Dirección de
Educación Pública y las necesidades particulares del territorio.
2.3. Asegurar la gestión
eficiente y eficaz de recursos físicos y tecnológicos, para una correcta
administración del Servicio Local, impulsando buenas prácticas y promoviendo la
innovación.
3. Fomentar procesos participativos que propendan a la calidad y equidad en la educación y a la generación de capacidades en las comunidades que son parte del Servicio Local de Educación Pública (SLEP), de acuerdo con la Ley N°21.040.
3.1. Establecer cursos de acción con la participación del Comité Directivo Local y el Consejo Local de Educación, permitiendo la generación de competencias y la gobernanza necesaria para lograr mejoras sustantivas de los establecimientos de su territorio.
3.2. Promover la participación
continua y eficaz de la comunidad educativa, fortaleciendo los canales
democráticos, como los centros de alumnos y centros de estudiantes, centro de
padres, madres y apoderados, y de los consejos escolares.
3.3. Asegurar procesos de
concursabilidad para la selección de directores(as) de establecimientos
educacionales, conforme al sistema de Alta Dirección Pública, cuando
corresponda, recogiendo las recomendaciones de perfiles e indicadores de
desempeño, cuando se requieran.
3.4. Facilitar una articulación y
adecuada coordinación con las autoridades municipales, organismos públicos y
privados, y actores claves del territorio.
4. Desarrollar capacidades
directivas y apoyar el desarrollo profesional de directivos, docentes y asistentes
de la educación y comunidad educativa, de acuerdo con los planes de los
establecimientos educacionales, conforme a las necesidades del territorio y en
concordancia con el Plan Estratégico Local.
4.1. Desarrollar planes de acción
y convenios para el fortalecimiento de capacidades en los equipos docentes,
directivos y de asistentes de la educación, para un efectivo trabajo en el aula
y la convivencia escolar, conforme a los principios de la ley.
4.2. Fortalecer las capacidades
de liderazgo y trabajo en red en los equipos de los establecimientos
educacionales y jardines infantiles del territorio.
4.3. Capacitar y formar a los
directivos, docentes, asistentes de la educación y comunidad educativa, para
fortalecer los procesos educativos.
4.4. Diagnosticar las capacidades
de los equipos docentes, directivos y de asistentes de la educación.
5. Liderar la política de gestión de personas integrando la perspectiva de género, para resguardar ambientes de calidad, participativos, motivantes e inclusivos.
5.1. Desarrollar
políticas y programas ministeriales, o multisectoriales, de gestión y
desarrollo de personas, alineados con las orientaciones y buenas prácticas
entregadas por la Dirección Nacional del Servicio Civil a través de las normas
de aplicación general.
5.2. Generar planes de acción que
permitan transversalizar el enfoque de género, que aborden los desafíos en
ámbitos de gestión de personas, mejorando las condiciones laborales en forma
oportuna y de calidad.
5.3. Fomentar y coordinar con
diversas partes interesadas, estrategias de educación y formación continua,
para la entrega de conocimientos y estrategias metodológicas que disminuyan y/o
eliminen inequidades, brechas y barreras de género.
$5446000
El cargo corresponde a un grado 4° de la Escala Única de Sueldos DL 249, más un porcentaje de Asignación de Alta Dirección Pública de un 35%. Incluye las asignaciones de modernización, zona y bonificación especial para zonas extremas. Su renta líquida promedio mensualizada referencial asciende a $5.446.000.- para un no funcionario, la que se obtiene de una aproximación del promedio entre el “Total Remuneración Líquida Aproximada” de los meses sin asignación de modernización y el “Total Remuneración Líquida Aproximada” de los meses con asignación de modernización.