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Convocatorias en:
Comisión de Expertos para la Regulación de Aranceles
Región Metropolitana de Santiago
22/05/2023 23:59:59
Estado: Finalizado
Concurso: ADP-18795
Podrán ser nombrados miembros de la Comisión de Expertos para la regulación de aranceles los profesionales nacionales o extranjeros, de amplia trayectoria profesional o académica, que acrediten al menos diez años de experiencia laboral o profesional, y dominio y experiencia laboral mínima de cinco años en gestión de educación superior en el subsistema técnico profesional.
Adicionalmente, no deberán estar afectos a las incompatibilidades definidas en el artículo 97 de la Ley N°21.091.
De conformidad a los artículos 2° y 3°, del Reglamento contenido en el Decreto Supremo N° 379, 2019, del Ministerio de Educación, en específico, se debe dar cumplimiento a los siguientes requisitos:
a) Contar con un título profesional, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado, o reconocido por éste, o por una institución de educación superior extranjera.
b) Contar con amplia trayectoria profesional o académica, debiendo acreditar, al menos, diez años de experiencia laboral o profesional.
c) Acreditar dominio y experiencia laboral y profesional mínima de cinco años en gestión de educación superior en el subsistema técnico profesional.
La vacante corresponde al integrante de la Comisión de Aranceles, a que alude la letra b) del artículo 3°, del Reglamento.
Los integrantes de la Comisión no deberán estar afectos a las incompatibilidades definidas en el artículo 97 de la Ley N°21.091 y 4° del Reglamento.
De conformidad a lo dispuesto en el artículo 11° del Reglamento, en la selección de los integrantes de la Comisión se debe promover la paridad de género entre sus miembros, para lo cual, en igualdad de puntajes se deberá preferir a postulantes mujeres.
Fuentes: Artículos 96 y 97 de la Ley N°21.091; y artículos 2°, 3°, 4° y 11° del Reglamento, contenido en el Decreto Supremo N° 379, 2019, del Ministerio de Educación.
Se
debe contar con al menos diez años de experiencia laboral o profesional, y
dominio y experiencia laboral mínima de cinco años en gestión de educación superior
en el subsistema técnico profesional*. Adicionalmente, se valorará que cuenten con experiencia específica en la gestión financiera de las instituciones de educación superior en las que se hayan desempeñado**. * Se considerará la experiencia laboral de los últimos 15 años. Es un criterio excluyente. ** No es un criterio excluyente, entrega puntaje adicional en el análisis curricular. |
Al comisionado o comisionada le corresponderá principalmente contribuir
en la definición de las bases técnicas y del informe de cálculo para la
determinación de los valores regulados de arancel, derechos básicos de
matrícula y cobros por concepto de titulación o graduación, así como en toma de
decisiones en las materias propias de la competencia de la Comisión, y que sean
sometidas a su conocimiento o resolución, en el marco del financiamiento
institucional para la gratuidad de la educación superior definido en el Título
V de la Ley N°21.091.
Los principales desafíos del comisionado o comisionada serán los siguientes:
- Participar en la implementación de los aranceles regulados establecidos en el Título V de la Ley N°21.091, específicamente, en la confección e implementación de las bases técnicas para la regulación de aranceles, derechos básicos de matrícula y costos de titulación o graduación, y el cálculo de éstos.
- Velar por que las bases técnicas y el cálculo derivado de éstas se realice bajo los principios de la transparencia y la rigurosidad metodológica.
Los honorarios mensuales de cada integrante de la Comisión corresponderán a diez unidades tributarias mensuales, por cada sesión, con un tope total mensual de cien unidades tributarias mensuales.