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Panel de Expertos Ministerio Transportes y Telecomunicaciones

Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones

Región Metropolitana de Santiago

Cierre postulación:

18/12/2023 23:59:59

Estado: Finalizado

Concurso: ADP-21696

Requisitos Legales

Estar en posesión de un título profesional de una carrera de, a lo menos, diez semestres de duración, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado o reconocido por éste, en el área de la administración, de la gestión, de la ingeniería, de la economía, de las finanzas o jurídica, o de un título de nivel equivalente en dichas áreas otorgado por una universidad extranjera y acreditar una experiencia profesional de a lo menos cinco años.

Fuente Legal: Art N° 16 Ley N° 20.378

Experiencia y Conocimientos

Se requiere contar con experiencia en materias económicas, particularmente, en modelos de proyección o técnicas cuantitativas aplicadas al ámbito regulatorio, en un nivel apropiado para las necesidades específicas del cargo. 
Adicionalmente se valorará poseer experiencia en:
- Manejo de los factores y sus variaciones asociadas a la estructura de costos de los servicios de transporte público de pasajeros
- Procesos de licitación 
- Regulación tarifaria
- Contratos de concesión
- Gestión y/o política pública

Misión

A el/la integrante del panel de expertos le corresponderá principalmente analizar, proponer y determinar el ajuste de tarifas del sistema de transporte público de la Provincia de Santiago y las comunas de Puente Alto y San Bernardo. Además, deberá asesorar al Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, entre otros aspectos, en aquellos relacionados con la determinación de tarifas en los procesos de licitación de vías, perímetros de exclusión o los procesos de negociación con los concesionarios y prestadores de servicios de transporte público, en zonas distintas a la Provincia de Santiago y las comunas de Puente Alto y San Bernardo.

Desafíos y Lineamientos del Cargo

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Descripción Renta

Los integrantes del Panel de Expertos percibirán una dieta mensual equivalente a 30 Unidades Tributarias Mensuales, como base, más 20 unidades tributarias mensuales por cada sesión, no pudiendo percibir en total más de 70 unidades tributarias mensuales, considerando la dieta proporcional al período y el pago por asistencia a sesiones. En el caso que corresponda contar con un reemplazante, éste recibirá una dieta proporcional al período en que ejerza sus funciones.