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Consejero/a (profesional del área de la educación)

Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia

Ministerio de Desarrollo Social y Familia

Región Metropolitana de Santiago

Cierre postulación:

12/01/2026 23:59:59

Estado: Postulación

Concurso: ADP-34109

Requisitos Legales

Profesional del área de la educación, con más de cinco años de actividad laboral vinculada a los temas que constituyen el objeto del Servicio, y demostrable experiencia en el tratamiento de la niñez y adolescencia vulnerada.

Fuente Legales: Letra b) e inciso final del artículo N° 10, Ley N°21.302, que crea el Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia.

Experiencia y Conocimientos

Se requiere contar con experiencia en el desarrollo de procesos educativos con población vulnerable de niños, niñas y adolescentes y/o experiencia en trabajo con niños, niñas y adolescentes que presentan comportamientos problemáticos o transgresores, consumo problemático de alcohol o drogas, trastornos del desarrollo y/o dificultades vinculares, en instituciones públicas o privadas, en la academia y/o investigaciones relacionadas con estas temáticas. 

Adicionalmente, se valorará contar con experiencia en materias relacionadas a derechos humanos, enfoque de género, intersectorialidad, minorías étnicas del país.

Misión

Al/la profesional experto/a del área de la educación, junto con los/as demás miembros del Consejo de Expertos, le corresponderá asesorar al Servicio para la toma de decisiones en materias de protección especializada a la Niñez y Adolescencia, generando recomendaciones y propuestas sobre la oferta programática, normativa técnica y administrativa, perfiles de cargo, entre otros. Además, le corresponderá participar en la decisión sobre la acreditación de colaboradores para el Servicio, a la administración provisional y administrador de proyectos que lo requieran. 

Desafíos y Lineamientos del Cargo

1. Participar en la consolidación del Consejo de Expertos del Servicio Nacional de Protección Especializada a la Niñez y Adolescencia.
2. Asesorar al Servicio en la toma de decisiones en los aspectos que la ley le encomienda. 
3. Colaborar en el desarrollo y ejecución del plan de trabajo del Consejo de Expertos.

Descripción Renta

Cada miembro del Consejo de Expertos percibirá una dieta de quince unidades de fomento por cada sesión a la que asista. Esta dieta será compatible con otros ingresos que perciba el/la consejero/a. El Consejo sesionará ordinariamente todas las veces que sea necesario, debiendo celebrar sesiones ordinarias al menos una vez cada 2 meses, con un máximo de doce sesiones pagadas por año calendario. Sin embargo, quien presida el Consejo o el/la Directora/a Nacional del Servicio, podrán citar a sesiones extraordinarias mediante resolución fundada, o cuando el Consejo se auto convoque. Podrán celebrarse un máximo de cuatro sesiones extraordinarias pagadas por año calendario.