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Comisionado Experto en Regulación Económica (Profesional del Área Económica)

Comisión de Expertos para la Regulación de Aranceles

Ministerio de Educación

Región Metropolitana de Santiago

Cierre postulación:

17/08/2026 23:59:59

Estado: Postulación

Concurso: ADP-37269

Requisitos Legales

Podrán ser nombrados integrantes de la Comisión de Expertos para la Regulación de Aranceles los profesionales nacionales o extranjeros, de amplia trayectoria profesional o académica, que acrediten al menos diez años de experiencia laboral o profesional, y dominio y experiencia laboral mínima de cinco años en materias económicas o jurídicas de regulación económica de servicios públicos (Artículo 96, Ley N° 21.091).

De conformidad a los artículos 2° y 3°, del Reglamento contenido en el Decreto Supremo N° 379, 2019, en específico, se debe dar cumplimiento a los siguientes requisitos:

a) Contar con un título profesional, otorgado por una universidad o instituto profesional del Estado, o reconocido por éste, o por una institución de educación superior extranjera.

b) Contar con amplia trayectoria profesional o académica, debiendo acreditar, al menos, diez años de experiencia laboral o profesional.

c) Acreditar dominio y experiencia laboral y profesional mínima de cinco años en materias económicas o jurídicas de regulación económica de servicios públicos.

La vacante corresponde al integrante de la Comisión de Aranceles, a que alude la letra c) del artículo 3°, del Reglamento.

Los integrantes de la Comisión no deberán estar afectos a las incompatibilidades definidas en el artículo 97 de la Ley N°21.091 y 4° del Reglamento.

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 11° del Reglamento, en la selección de los y las integrantes de la Comisión se debe promover la paridad de género entre sus miembros, para lo cual, en igualdad de puntajes se deberá preferir a postulantes mujeres.

Fuentes Legales: Artículos 96 y 97 de la Ley N°21.091. Y artículos 2°, 3°, 4° y 11°, del Reglamento contenido en el Decreto Supremo N° 379, 2019, del Ministerio de Educación.

Experiencia y Conocimientos

Se requiere contar con 5 años de experiencia en aspectos técnicos de materias de libre competencia y/o  regulación económica tanto en el sector público como en el privado; y experiencia académica y/o de investigación en estas materias*.

 

Adicionalmente, se valorará contar con experiencia y/o conocimiento en**:

-  Gestión en sistema de educación superior chileno o extranjero.

-  Consultoría sobre diseño y evaluación de políticas públicas en educación superior.


*Es un criterio excluyente.

** No es un criterio excluyente, entrega puntaje adicional en el análisis curricular.


Misión

Al Comisionado le corresponderá principalmente contribuir en la definición de las bases técnicas y del informe de cálculo para la determinación de los valores regulados de arancel, derechos básicos de matrícula y cobros por concepto de titulación o graduación, así como en toma de decisiones en las materias propias de la competencia de la Comisión, y que sean sometidas a su conocimiento o resolución, en el marco del financiamiento institucional para la gratuidad de la educación superior definido en el Título V de la Ley N°21.091.

Desafíos y lineamientos del cargo

Los principales desafíos del Comisionado serán los siguientes:

  1. Participar en la implementación de los aranceles regulados establecidos en el Título V de la Ley N° 21.091, dando continuidad e impulsando mejoras al trabajo desarrollado para la definición de los nuevos valores regulados aplicables a partir de los años académicos 2029, 2030 y 2031. Asimismo, participar en el monitoreo y actualización periódica de los valores vigentes, evaluando sus efectos e implicancias para los futuros procesos de regulación.
  2. Velar porque el proceso de elaboración de bases técnicas para la determinación de nuevos valores regulados aplicables a partir del año 2029 y posteriores, y de cálculos derivados de estas, se realicen bajo los principios de la transparencia y la rigurosidad metodológica. 

Descripción Renta

Los honorarios mensuales de cada integrante de la Comisión corresponderán a diez unidades tributarias mensuales, por cada sesión, con un tope total mensual de cien unidades tributarias mensuales.