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Jefe/a de Departamento de Administración de Educación Municipal de Lonquimay

Municipalidad de Lonquimay

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Región de La Araucanía

Cierre postulación:

07/06/2021 23:59:59

Estado: Finalizado

Concurso: ADP-6963

Requisitos Legales

1.2.1. A éstos concursos podrán postular aquellos profesionales de la educación que cumplan con los siguientes requisitos: a) Los exigidos en el artículo 24 del D.F.L. N° 1 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°19.070 Estatuto de los profesionales de la educación. (*) b) Estar reconocido, a lo menos, en el tramo profesional avanzado. (**) 1.2.2. Asimismo, podrán postular aquellos profesionales, y excepcionalmente docentes, que estén en posesión de un título profesional o licenciatura de al menos ocho semestres y que cuenten con un mínimo de seis años de experiencia profesional. 1.2.3 También podrán postular los profesionales de la educación que desempeñen o hayan desempeñado el cargo de Jefe/a de Departamentos de Administración de Educación Municipal o el de Director de Educación de una Corporación Municipal, director de establecimiento educacional municipal, o funciones directivas de exclusiva confianza de éstos, incluyendo los cargos técnico-pedagógicos, por al menos cuatro años y que se encuentren en el tramo de acceso, tramo temprano o no hayan sido asignados a un tramo del Sistema de Desarrollo Profesional Docente establecido en el Título III del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1996, del Ministerio de Educación, por no contar con resultados que lo permitan, acorde a lo establecido en el artículo 1° N° 3 de la Ley N° 21.152. (*) Los antecedentes para acreditar los requisitos del artículo 24 del DFL N°1 serán requeridos por el municipio para cursar el respectivo nombramiento en el cargo. (**) Todos los docentes que hayan realizado el proceso de encasillamiento y avancen a la etapa de evaluación psicolaboral, deberán acreditar el tramo de desarrollo profesional, a través de un certificado emitido por el CPEIP. Fuente: Art. 24 y 34E del DFL N°1 del año 1996 del Ministerio de Educación que fija el texto refundido y sistematizado de la Ley N°19.070 Estatuto de los profesionales de la Educación.

Experiencia y Conocimientos

Contar con conocimientos en el ámbito educacional escolar y experiencia en gestión de procesos, administración y finanzas. Deseable poseer al menos 2 años de experiencia en cargos de dirección y/o jefatura.

Misión

Al Jefe/a del Departamento de Administración de la Educación Municipal le corresponde diseñar e implementar el proyecto educativo de su comuna, mediante la gestión administrativa, financiera y técnica pedagógica de los establecimientos educacionales municipales, con el propósito de mejorar la calidad y equidad de la educación de la comuna.

Desafíos y Lineamientos del Cargo

1. Potenciar la gestión técnico pedagógica en los establecimientos educacionales con el fin de contar con una enseñanza integral, con pertinencia cultural y de calidad, que abarque las distintas realidades en la comuna.
1.1 Formular e implementar el Proyecto Educativo Comunal, de acuerdo a las necesidades específicas de la comuna de Lonquimay, incluyendo el fortalecimiento de prácticas pedagógicas Innovadoras que potencien el dominio de las bases curriculares.
1.2 Diseñar e implementar un programa de perfeccionamiento de los equipos directivos de los establecimientos educacionales, además de docentes y asistentes de la educación.
1.3 Diseñar un Plan innovativo en el ámbito pedagógico, que contribuya a la implementación adecuada del Currículum Educacional
2. Fomentar las alianzas y trabajo en equipo en la comunidad escolar, con actores públicos y privados, propendiendo a la mejora en la calidad del servicio educativo comunal.
2.1 Desarrollar una mesa de trabajo comunal, como instancia técnico-política, que aporte al Plan educativo comunal. 
2.2 Generar y ejecutar Convenios con instituciones y servicios público-privados, incorporando y fortaleciendo aquellos Convenios asociados al Liceo Bicentenario Lonquimay. 
2.3 Fortalecer la gestión y trabajo en equipo de los Consejos escolares, Consejos de profesores y centros de padres y apoderados, a través de mecanismos de coordinación y cooperación.
3. Impulsar y promover la relevancia de Convivencia Escolar, como una estrategia integral que aporta sustantivamente, y se complementa con el ámbito pedagógico.
3.1 Actualizar un Plan comunal de Convivencia Escolar que responda a las necesidades de los establecimientos educacionales, personal docente, alumnado y apoderados.
3.2 Actualizar y mejorar anualmente en base a aspectos como el diálogo y la reflexión, los instrumentos asociados a la Convivencia Escolar.  
4. Mejorar la gestión financiera con el fin de conducir en forma eficiente y eficaz la gestión de personas y los recursos materiales de los establecimientos educacionales.
4.1 Aumentar los recursos provenientes de fuentes de financiamiento externos (Fondos de Gestión Municipal, Fondos de Equipamiento, FNDR, entre otros).
4.2 Ejecutar en forma eficiente las rendiciones asociadas a las diversas Subvenciones que recibe el Departamento de Educación Municipal. 

Renta Líquida Promedio Mensual

$1631499

Descripción Renta

El cargo se rige por las normas del Estatuto Docente y tiene una remuneración bruta promedio mensual referencial de $684.816.-, más una asignación de Administración de Educación Municipal del 200% de la remuneración básica mínima nacional para educación media que asciende a $1.369.632.- El total de la remuneración bruta promedio mensual referencial es de $2.054.448.- En caso de quien resulte seleccionado/a para el cargo sea un Profesional de la Educación que, por su experiencia, desarrollo profesional u otras supere la remuneración bruta promedio mensual referencial de $684.816.- deberá pagarse lo que corresponda como Profesional de la Educación y adicionarse la Asignación de Administración de Educación Municipal del 200%.