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Director/a de Hospital de Urgencia Asistencia Pública

Servicio de Salud Metropolitano Central

Ministerio de Salud

Región Metropolitana de Santiago

Cierre postulación:

25/06/2018 23:59:59

Estado: Finalizado

Concurso: ADP-3810

Requisitos Legales

Título profesional de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a cinco años, en el sector público o privado. Por tratarse de un hospital que tiene la calidad de establecimiento de Autogestión en Red, se requerirá, además, competencia en el ámbito de la gestión en salud. Fuente: Art 2º, del DFL Nº26 del 24 de Agosto del 2017 del Ministerio de Salud. Para el cómputo de la duración de la carrera que da origen al título profesional de pregrado, podrán sumarse los estudios de post grado realizados por el mismo candidato. Fuente legal: Artículo Cuadragésimo de la Ley N° 19.882, inciso final, parte final, modificado por el número 6, del artículo 1°, de la ley N° 20.955.

Experiencia y Conocimientos

Es altamente deseable contar con experiencia en materias gestión/dirección de organizaciones públicas y/o privadas del rubro de la salud, en un nivel apropiado para las necesidades específicas de este cargo.

 

Se valorará poseer al menos 3 años de experiencia en funciones directivas o gerenciales.

Misión

A el/la Director/a del Hospital de Urgencia Asistencia Pública le corresponde dirigir y gestionar las áreas técnico - asistenciales y administrativas del establecimiento, en conformidad con las disposiciones de la red asistencial del Servicio de Salud Metropolitano Central y de acuerdo a las políticas públicas del sector salud, para la entrega de un servicio en salud integral, oportuno y de calidad para sus beneficiarios. 

Desafíos y Lineamientos del Cargo

1. Insertarse y colaborar activamente en la red asistencial, mejorando la accesibilidad y resolutividad de la atención usuaria, garantizando un acceso integral.

1.1 Generar e implementar un plan de trabajo en el ámbito de integración de la red asistencial, de referencia y contra referencia, mejorando el acceso y la resolutividad, generando instancias de coordinación y cooperación con la Red de Atención Primaria.
1.2 Implementar acciones estratégicas para garantizar el cumplimiento de las garantías explícitas de salud del Hospital Urgencia Asistencia Pública, GES y prestaciones valoradas, comprometidas con FONASA.
1.3 Generar un plan estratégico para el cumplimiento de la acreditación hospitalaria y de los estándares asociados a la condición de hospital autogestionado.
1.4 Diseñar e implementar estrategias y procedimientos que permitan mejorar la satisfacción usuaria.
1.5 Participar en el diseño y ejecutar un modelo de gestión que reduzca las listas de espera de la red y los tiempos de atención para acceder a las prestaciones.
2. Optimizar la gestión de personas y de los recursos asociados para responder de manera oportuna y eficiente a los requerimientos tanto de los usuario/as como de los funcionario/as.
2.1 Desarrollar e implementar políticas y estrategias para el logro del equilibrio financiero y la disminución de la deuda hospitalaria.
2.2 Generar una estrategia orientada a dar sentido de pertenencia a un establecimiento ícono del sistema de salud, así como mejorar el clima laboral y la reducción del ausentismo.
2.3 Consolidar y potenciar los proyectos de actualización tecnológica del Hospital Urgencia Asistencia Pública.
2.4 Desarrollar un plan que permita fortalecer y recuperar los especialistas clínicos que aseguren su rol como referentes nacionales en traumas y quemados; así como articuladores de la red de urgencia metropolitana.
2.5 Regularizar los convenios asistenciales docentes e incorporar nuevos convenios, en el marco de las políticas sectoriales y ministeriales.
2.6 Desarrollar un plan de coordinación y gestión, ejecutando y liderando el plan de inversiones, de equipamiento e infraestructura.
2.7 Generar e implementar un plan de trato usuario participativo.(Ley de Derechos y Deberes del Paciente y Ley de Trato Usuario)
3. Facilitar la participación de funcionarios y de la comunidad hospitalaria en la gestión.
3.1 Generar un plan estratégico de participación social interna en las políticas y acciones de salud, propias del Hospital.
3.2 Proponer instancias de colaboración que faciliten las relaciones con los gremios y organizaciones de funcionarios, fortaleciendo el sentido de pertenencia a la institución y potenciando el trabajo en conjunto.
4. Facilitar la participación ciudadana, a través de las instancias formales definidas para ello, de manera de permitir el intercambio de información y experiencias que permitan coordinar las atenciones provistas y visibilizarlas reales necesidades.
4.1 Generar un programa detallado de participación ciudadana, incorporando en él acciones que permitan no sólo el intercambio de información, sino también propicien instancias permanentes de educación para la comunidad.
4.2 Establecer una relación sistemática con la comunidad diseñando y ejecutando planes de trabajo conjunto, a través de las instancias formales definidas para ello.
4.3 Desarrollar planes de difusión y capacitación continua para la comunidad, en materias de políticas públicas de salud.
5. Liderar los procesos de inversión en infraestructura comprometidos para el establecimiento.
5.1. Gestionar acciones para el cumplimiento de las metas establecidas en plan de inversiones comprometido para el período, respecto de los estudios, diseños, construcción y puesta en marcha oportuna de los proyectos.
5.2 Supervisar el correcto desarrollo y entrega de obras de mantenimiento y conservación del establecimiento y su equipamiento.
6. Liderar la Puesta en Marcha de la Torre Valech.
6.1 Generar e implementar acciones internas y externas destinadas a la gestión del cambio para la puesta en marcha de la Torre Valech.
6.2 Promover instancias de capacitación dirigidas a todos los funcionarios en el Nuevo Modelo de Gestión o en la actualización del mismo.

Renta Líquida Promedio Mensual

$4251000

Descripción Renta

El cargo corresponde a un grado 3° de la Escala de Remuneraciones de los Servicios de Salud, regidos por la Ley Nº 18.834 y DL. 249, más un porcentaje de Asignación de Alta Dirección Pública de un 80%. Incluye las asignaciones de estímulo. Su renta líquida promedio mensualizada referencial asciende a $4.251.000.- para un no funcionario del Servicio de Salud Metropolitano Central.