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Convocatorias en:
Servicio de Salud Metropolitano Oriente
Región Metropolitana de Santiago
20/09/2018 23:59:59
Estado: Finalizado
Concurso: ADP-3931
Título profesional de una carrera de, a lo menos, 8 semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste o aquellos validados en Chile de acuerdo con la legislación vigente y acreditar una experiencia profesional no inferior a 5 años en el sector público o privado. Por tratarse de un Hospital que tiene la calidad de establecimiento de Autogestión en Red, se requerirá, además, competencia en el ámbito de la gestión en salud. Fuente legal: Artículo 2°, del DFL N° 25, de 24 de agosto de 2017, del Ministerio de Salud. “Para el cómputo de la duración de la carrera que da origen al título profesional de pregrado, podrán sumarse los estudios de post grado realizados por el mismo candidato.” Fuente legal: Artículo Cuadragésimo de la Ley N° 19.882, inciso final, parte final, modificado por el número 6, del artículo 1°, de la ley N° 20.955.
Es altamente deseable contar con experiencia en materias de dirección y
gestión, en organizaciones públicas y/o privadas, en el rubro de salud, en un
nivel apropiado para las necesidades específicas de este cargo.
Al/la Directora/a del Instituto Nacional del Tórax le corresponde liderar la gestión del establecimiento entregando una atención de excelencia de personas con problemas de salud cardiopulmonares complejos, en consonancia con las políticas nacionales de salud y en coordinación con la red asistencial del Servicio de Salud Metropolitano Oriente y la Macro red correspondiente, comprometido con el desarrollo de un equipo humano de excelencia, implementando la mejor tecnología sanitaria, centrado en la atención humanizada e integral de los usuarios, aportando al desarrollo y fortalecimiento del sistema de salud.
1. Asegurar la oportunidad y calidad de la atención,
fortaleciendo el modelo de atención centrado en el beneficiario y la
participación ciudadana en la gestión del establecimiento, en su rol de centro
de derivación nacional.
1.1. Implementar acciones que permitan el oportuno cumplimiento de
las garantías GES y no GES, mejorando la capacidad productiva de los servicios
clínicos.
1.2. Incrementar los niveles de satisfacción usuaria del
establecimiento.
1.3. Implementar mecanismos de participación y control social
acordes a un plan de participación ciudadana trianual.
2. Velar por la mejora continua de los procesos clínicos
administrativos institucionales, permitiendo entregar la mejor respuesta a las
necesidades de los beneficiarios y a los requerimientos sectoriales.
2.1. Implementar estrategias que permitan optimizar la producción
del hospital.
2.2. Fortalecer la gestión de la demanda asistencial, mejorando la
oportunidad en la atención ambulatoria y quirúrgica.
2.3. Asegurar el cumplimiento de los productos estratégicos de la
red de salud oriente relacionados con el ámbito de acción del cargo.
3. Optimizar la integración del establecimiento a la Red de
Salud Metropolitana Oriente en su rol de centro de derivación nacional,
contribuyendo a la continuidad asistencial y la resolución de los problemas de
salud de población de la red, de acuerdo a su nivel de complejidad.
3.1. Implementar y actualizar tecnologías de la información que
permitan mejorar los procesos de gestión de atención, en concordancia con las
políticas de la Dirección del Servicio de Salud Oriente y la red asistencial.
3.2. Crear e implementar un
modelo de gestión de beneficiarios en coordinación con la red asistencial
que permitan garantizar la articulación y continuidad de la atención.
4. Liderar procesos que permitan mejorar el desempeño
eficiente y efectivo del establecimiento, mediante un adecuado uso de sus
recursos humanos, físicos y financieros disponibles.
4.1. Generar estrategias de gestión que fomenten el equilibrio
financiero, la reducción de la deuda y la administración eficiente de sus
recursos.
4.2. Cumplir con las normas generales de gestión y desarrollo de
personas, en concordancia al ordenamiento jurídico vigente.
4.3. Fortalecer el desempeño de su equipo de trabajo orientada a
la gestión usuaria.
$3903000
El cargo corresponde a un grado 5° de la Escala de Remuneraciones de los Servicios de Salud, regidos por la Ley Nº 18.834 y DL. 249, más un porcentaje de Asignación de Alta Dirección Pública de un 90%. Incluye las asignaciones de estímulo. Su renta líquida promedio mensualizada referencial asciende a $3.903.000.- para un no funcionario del Servicio de Salud Metropolitano Oriente.