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Convocatorias en:
Dirección del Trabajo
Región Metropolitana de Santiago
28/09/2020 23:59:59
Estado: Finalizado
Concurso: ADP-5342
Estar en posesión del título de Abogado y acreditar una experiencia profesional no inferior a 5 años. Fuente: Artículo N° 40, Ley N° 19.882 y Artículo 56° Letra a) del DFL N° 2, de fecha 30 de mayo de 1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
Al Jefe/a de División Jurídica le corresponde colaborar con el Director/a
del Trabajo en la interpretación de las normas jurídicas que inciden en el
ámbito laboral, elaborando informes; respuestas; resoluciones; ordinarios u
otros, que contengan la doctrina establecida por el Servicio, en el ámbito del
derecho individual y colectivo del trabajo, estatutos especiales, salud y
seguridad en el trabajo, lo anterior con el fin de garantizar el cumplimiento
de los objetivos institucionales.
DESAFÍOS |
LINEAMIENTOS |
1.
Fortalecer
y modernizar la División Jurídica, a fin de dar respuesta a los usuarios de
manera clara, eficiente y oportuna, en materias de desarrollo doctrinario,
caracterizándose por la calidad jurídica de sus pronunciamientos. |
1.1 Desarrollar líneas de trabajo al interior del equipo, sobre aspectos
de la legislación laboral, a objeto de tener equipos coordinados y de altos
niveles de desempeño, que garanticen que la doctrina Institucional esté
debidamente fundada. |
2.
Incorporar
a la división jurídica en el proceso de modernización institucional,
fundamentalmente en lo concerniente a dictámenes, investigación en derechos
fundamentales y defensa judicial. |
2.1 Promover el uso de herramientas tecnológicas que permitan la
trazabilidad de la información y faciliten la relación con el usuario. 2.2 Gestionar activamente los procesos vinculados con la elaboración de
los productos propios de la División, proponiendo modificaciones o mejoras de
ser necesario. 2.3 Propiciar la coordinación departamental con la línea jurídica
dependiente de las direcciones regionales, esto es, coordinadores y
abogados/as. |
3.
Contribuir
al intercambio del conocimiento, socializando prácticas que permitan ser
consultadas de manera fácil y permanente, aportando al cumplimento de las
funciones del área jurídica. |
3.1 Participar colaborativamente en la instalación de
un modelo de gestión del conocimiento institucional en los ámbitos de
producción de jurisprudencia, en coordinación con los demás departamentos de
la Institución. |
4
Mejorar
el procedimiento de denuncia e investigación de vulneración de derechos
fundamentales, definiendo criterios y mecanismos para su admisión,
tramitación y resolución oportuna. |
4.1 Promover todas las instancias para que las unidades de derechos
fundamentales se constituyan adecuadamente, así como las unidades
especializadas existentes se consoliden y trabajen bajo criterios validados, eficientes
y estandarizados. 4.2 Adecuar el procedimiento de investigación de vulneración de derechos
fundamentales al nuevo modelo de modernización de la Institución. |
5
Propiciar
un sistema de defensa judicial de la Institución que garantice calidad en la
defensa, respuesta, oportunidad y capacidad disuasiva de la Institución. |
5.1 Generar un plan de mejora que contribuya a fortalecer el
procedimiento de defensa judicial, su correcta aplicación, monitoreando y
retroalimentando a sus distintos componentes a objeto de garantizar su
cumplimiento y mejora continua. |
6
Fortalecer
las competencias de los integrantes de la línea jurídica tanto en el Departamento
como en las distintas oficinas del Servicio en el país. |
6.1 Impulsar acciones que permitan a todos los integrantes de la línea jurídica
acceder a procesos formativos y de desarrollo acorde a sus funciones. |
$4500000
El cargo corresponde a un grado 3° de la Escala de Remuneraciones de los Servicios Fiscalizadores, más un porcentaje de Asignación de Alta Dirección Pública de un 38%. Incluye la asignación de modernización. Su renta líquida promedio mensualizada referencial asciende a $4.500.000.- para un no funcionario, la que se obtiene de una aproximación del promedio entre el “Total Remuneración Líquida Aproximada” de los meses sin asignación de modernización y el “Total Remuneración Líquida Aproximada” de los meses con asignación de modernización.