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Convocatorias en:
Municipalidad de Angol
Región de La Araucanía
24/03/2025 23:59:59
Estado: Evaluación
Concurso: ADP-25735
1.2.1. A éstos concursos podrán postular aquellos profesionales de la educación que cumplan con los siguientes requisitos:
a) Los exigidos en el artículo 24 del D.F.L. N° 1 que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N°19.070 Estatuto de los profesionales de la educación. (*)
b) Estar reconocido, a lo menos, en el tramo profesional avanzado. (**)
1.2.2. Asimismo, podrán postular aquellos profesionales, y excepcionalmente docentes, que estén en posesión de un título profesional o licenciatura de al menos ocho semestres y que cuenten con un mínimo de seis años de experiencia profesional.
1.2.3 También podrán postular los profesionales de la educación que desempeñen o hayan desempeñado el cargo de Jefe/a de Departamentos de Administración de Educación Municipal o el de Director de Educación de una Corporación Municipal, director de establecimiento educacional municipal, o funciones directivas de exclusiva confianza de éstos, incluyendo los cargos técnico-pedagógicos, por al menos cuatro años y que se encuentren en el tramo de acceso, tramo temprano o no hayan sido asignados a un tramo del Sistema de Desarrollo Profesional Docente establecido en el Título III del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1996, del Ministerio de Educación, por no contar con resultados que lo permitan, acorde a lo establecido en el artículo 1° N° 3 de la Ley N° 21.152.
(*) Los antecedentes para acreditar los requisitos del artículo 24 del DFL N°1 serán requeridos por el municipio para cursar el respectivo nombramiento en el cargo.
(**) Todos los docentes que hayan realizado el proceso de encasillamiento y avancen a la etapa de evaluación psicolaboral, deberán acreditar el tramo de desarrollo profesional, a través de un certificado emitido por el CPEIP.
Fuente: Art. 24 y 34E del DFL N°1 del año 1996 del Ministerio de Educación que fija el texto refundido y sistematizado de la Ley N°19.070 Estatuto de los profesionales de la Educación.
Se requiere contar con al menos 3 años de experiencia en cargos de dirección o jefatura en materias de gestión técnico-pedagógica, gestión administrativa o gestión financiera, en el ámbito educacional*. Se valorará con puntaje adicional tener experiencia
y/o formación de postgrado en la/s siguiente/s materia/s**: -
Convivencia escolar -
Liderazgo -
Gestión de personas *Se
considerará la Experiencia laboral de los últimos 15 años. Es un criterio
excluyente. **No es un criterio excluyente, entrega puntaje
adicional en el análisis curricular |
Al/a la Jefe/a del Departamento de Administración de la Educación
Municipal le corresponde diseñar e implementar el proyecto educativo de su
comuna, mediante la gestión administrativa, financiera y técnica pedagógica de
los establecimientos educacionales municipales, con el propósito de mejorar la
calidad y equidad de la educación de la comuna.
DESAFÍOS |
LINEAMIENTOS
|
1. Potenciar
la gestión técnico-pedagógica en los establecimientos educacionales con el
fin de contar con una enseñanza integral y de calidad, que abarque las
distintas realidades en la comuna. |
1.1 Formular e implementar el Proyecto Educativo
Comunal, de acuerdo a las necesidades específicas de la comuna de Angol. 1.2 Velar por la cobertura curricular en todas las
asignaturas y niveles, desarrollando planes de nivelación y reforzamiento
oportuno. 1.3 Fortalecer las prácticas pedagógicas
incorporando metodologías Innovadoras que potencien el dominio de las bases
curriculares. |
2. Potenciar
las habilidades y competencias directivas, docentes y de asistentes de la
educación para conducir de manera adecuada los establecimientos
educacionales. |
2.1 Diseñar e implementar un programa de
perfeccionamiento de los equipos directivos de los establecimientos
educacionales. 2.2 Desarrollar mesas de trabajo que permitan
conocer experiencias exitosas y buenas prácticas pedagógicas entre los
distintos establecimientos educacionales. 2.3 Desarrollar e implementar un plan de
capacitación en el uso y aprovechamiento de tecnologías, materiales de apoyo
didáctico para el trabajo en el aula y centros de recursos de aprendizaje
(bibliotecas, laboratorios de inglés, ciencias, de enlaces y otros). |
3. Fomentar las alianzas con la comunidad escolar,
actores públicos y privados, con el propósito de mejorar la calidad del
servicio educativo comunal. |
3.1 Actualizar la política comunal de Convivencia
Escolar de manera tal que responda a las necesidades de los establecimientos
educacionales, personal docente, alumnado y apoderados. 3.2 Desarrollar e implementar un instrumento que
mida la satisfacción de padres, alumnos y comunidad respecto de la gestión
educativa en cada establecimiento educacional. 3.3 Generar e implementar un programa de inclusión
comunal que sensibilice a la comunidad educativa. |
4. Mejorar la gestión financiera con el
fin de conducir en forma eficiente y eficaz la gestión de personas y los
recursos materiales de los establecimientos educacionales. |
4.1
Generar
estrategias que permitan disminuir la deserción escolar, fomentar la
asistencia y aumentar la matricula a nivel comunal. 4.2
Ejecutar
en forma eficiente el presupuesto anual. 4.3
Elaborar/Actualizar
un plan de mantenimiento y de mejoramiento de la infraestructura escolar que
garantice la seguridad y el funcionamiento adecuado de los establecimientos
educacionales. |
$2118377
El cargo se rige por las normas del Estatuto Docente y tiene una remuneración bruta promedio mensual referencial de $889.152.-, más una asignación de Administración de Educación Municipal del 200% de la remuneración básica mínima nacional para educación media que asciende a $1.778.304.- El total de la remuneración bruta promedio mensual referencial es de $2.667.456.- En caso de quien resulte seleccionado/a para el cargo sea un Profesional de la Educación que, por su experiencia, desarrollo profesional u otras supere la remuneración bruta promedio mensual referencial de $889.152.- deberá pagarse lo que corresponda como Profesional de la Educación y adicionarse la Asignación de Administración de Educación Municipal del 200%.